Silencio positivo en Colombia: guía jurídica completa, cuándo aplica y cómo hacerlo valer
El silencio positivo es una figura jurídica de enorme relevancia en el derecho colombiano, especialmente en materia de derecho de petición y hábeas data financiero. Su correcta comprensión permite a los ciudadanos defender eficazmente sus derechos frente a entidades públicas y privadas que incumplen los términos legales de respuesta.
¿Qué es el silencio positivo?
El silencio positivo es una consecuencia jurídica que se produce cuando la entidad obligada a responder una solicitud, reclamo o derecho de petición no lo hace dentro del término legal establecido. En estos casos, la ley presume que la solicitud ha sido resuelta favorablemente al ciudadano.
Su fundamento se encuentra en los principios de debido proceso, eficacia administrativa, buena fe y protección de los derechos fundamentales.
Fundamento constitucional y legal del silencio positivo
- Artículo 23 de la Constitución Política (derecho fundamental de petición)
- Artículo 15 de la Constitución Política (derecho fundamental al hábeas data)
- Ley 1755 de 2015 (derecho de petición)
- Ley 1266 de 2008, artículo 14 (hábeas data financiero)
- Ley 1955 de 2019 (modificación al régimen de reclamos)
Silencio positivo en el derecho de petición
En términos generales, cuando una autoridad pública o un particular que ejerce funciones públicas no responde un derecho de petición dentro del término legal, se configura una vulneración del artículo 23 de la Constitución.
En ciertos eventos expresamente previstos por la ley, dicha omisión genera silencio administrativo positivo, es decir, la solicitud se entiende aceptada.
Silencio positivo en hábeas data financiero
En materia de datos crediticios, el silencio positivo tiene una aplicación particularmente relevante. El artículo 14 de la Ley 1266 de 2008 establece que:
- La fuente de la información debe responder los reclamos en un plazo de 15 días hábiles.
- Puede prorrogar el término hasta por 8 días hábiles adicionales.
- La prórroga solo es válida si se informa antes de vencer los 15 días iniciales.
Si la entidad no responde dentro de los 15 días y no informa oportunamente la prórroga, la ley entiende que el reclamo fue resuelto de manera favorable al titular del dato.
¿Qué ocurre si la entidad responde fuera del término?
Una respuesta extemporánea no subsana la configuración del silencio positivo. Jurídicamente, la respuesta tardía es ineficaz frente a la consecuencia legal ya producida.
¿El silencio positivo permite eliminar un reporte negativo?
Sí, es posible solicitar y lograr la eliminación de un reporte negativo cuando:
- El reclamo solicitaba expresamente la eliminación del dato.
- La solicitud era jurídicamente viable (prescripción, falta de finalidad, inexactitud).
- No hubo respuesta o prórroga válida dentro del término legal.
- El ciudadano puede probar las fechas de radicación y vencimiento.
En estos casos, mantener el reporte vulnera los principios de finalidad, veracidad y circulación restringida del dato personal.
Cuándo aplica el silencio positivo
- Cuando la entidad guarda silencio total.
- Cuando responde después del vencimiento del término legal.
- Cuando intenta prorrogar el plazo sin avisar oportunamente.
- Cuando el reclamo fue claro, concreto y jurídicamente procedente.
Cuándo NO aplica el silencio positivo
- Cuando la solicitud es manifiestamente ilegal.
- Cuando solo se pide información general.
- Cuando la entidad informa la prórroga dentro del término legal.
- Cuando no existe prueba de la fecha de radicación.
Pruebas necesarias para alegar silencio positivo
- Constancia de radicación del reclamo o derecho de petición.
- Correo electrónico o número de ticket.
- Prueba de la fecha de respuesta o de su inexistencia.
- Historial del reporte en centrales de riesgo.
Qué hacer si la entidad no cumple el silencio positivo
Si la entidad no actúa conforme al silencio positivo, el ciudadano puede:
- Interponer acción de tutela por vulneración al hábeas data.
- Presentar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Solicitar sanciones administrativas.
Jurisprudencia relevante
- Corte Constitucional, SU-082 de 1995
- Corte Constitucional, T-414 de 1992
- Corte Constitucional, T-551 de 2014
- Corte Constitucional, T-176 de 2016
Conclusión
El silencio positivo es una herramienta jurídica poderosa que protege al ciudadano frente a la inactividad de las entidades. Bien probado y correctamente alegado, puede conducir a la eliminación de reportes negativos y a la protección efectiva del derecho fundamental al hábeas data.